Cuando el verano anterior Siviero firmó su contrato con el Murcia, los servicios jurídicos de la entidad, entonces dirigida por Jesús Samper, incluyeron una cláusula por la que el equipo tenía que conseguir un mínimo de 17 puntos cada diez partidos. En el momento de ser despedido, el Murcia sumaba 27 puntos y se habían consumido 24 jornadas, por lo que era imposible que en la 30 alcanzase los 51 para cumplir con lo establecido en el compromiso. La entidad se acogió a esa cláusula para no pagar finiquito al argentino, que denunció al club ante los tribunales por despido improcedente.
En marzo de 2015, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, dio validez a los contratos por objetivos impulsados por los letrados murcianistas, con Juan Antonio Samper a la cabeza, considerando procedentes ese tipo de cláusulas. Siviero reclamaba 52.720 euros, correspondiente a las cantidades pendientes entre la fecha de despido (3 de febrero de 2013) y la finalización del mismo (30 de junio del mismo año). Su nómina mensual era de 10.833 euros y esa sentencia sentó jurisprudencia.
Fuente: La Opinión
No hay comentarios:
Publicar un comentario